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domingo 30 de junio del 2024
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CIRCULAR ESCOLAR 55-2020

 

POR LA QUE SE DA A CONOCER EL CRITERIO PARA MATRICULAR, INSCRIBIR Y REVALIDAR O CONVALIDAR ASIGNATURAS A ESTUDIANTES QUE SE INCORPORAN EN EL PERIODO OTOÑO 2020 A PROGRAMAS QUE INICIAN CON PLAN DE ESTUDIOS CON RECONOCIMIENTO DE VALIDEZ OFICIAL (RVOE) FEDERAL EN DICHO PERIODO

 

 

Con base en lo dispuesto en el Reglamento de Control Escolar (Artículo 3, segundo párrafo) de la UPAEP, se da a conocer el criterio para matricular, inscribir y revalidar o convalidar asignaturas a estudiantes que se incorporan en el periodo Otoño 2020 a programas que inician plan de estudios con Reconocimiento de Validez Oficial (RVOE) federal en dicho periodo.

 

Considerando que diversos programas académicos de distintos niveles y modalidades de la UPAEP inician en el periodo académico Otoño 2020 a operar su plan de estudios con Reconocimiento de Validez Oficial (RVOE) federal, y para facilitar y simplificar la incorporación de estudiantes por revalidación, cambio de programa o como un segundo programa a éstos, en el mismo periodo (Otoño 2020), y en el entendido que todos ellos se integran a semestres o módulos posteriores al primero, se determina que dichos estudiantes sean matriculados, inscritos y sus revalidaciones o convalidaciones se hagan en el programa académico y plan de estudios con RVOE estatal, de tal manera que puedan cursar asignaturas de semestres o módulos avanzados (del segundo en adelante), no se retrase su tiempo estimado de titulación y el proceso de acreditación de sus asignaturas a revalidar o convalidar sea más ágil.

 

El criterio establecido aplica para todos los programas académicos, de todos los niveles y modalidades, que inicien la operación de planes de estudio con RVOE federal en Otoño 2020, para estudiantes queIngresan a la UPAEP por primera vez, revalidando asignaturas de otra institución.

a) Ingresan a la UPAEP por primera vez, revalidando asignaturas de otra institución.

b) Efectúan un cambio de programa académico.

c) Inician el estudio de un segundo programa académico, en el mismo nivel, convalidando asignaturas del primer programa al segundo, habiendo o no concluido su primer programa.

 

 

Este criterio se actualizará cada periodo académico a partir de Otoño 2020, únicamente para los programas académicos que inician la operación de plan de estudios con RVOE federal en dicho periodo, en función del semestre o módulo aproximado al que se incorpore el estudiante, como se muestra en la siguiente tabla:

 

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Los Departamentos de Promoción, Admisiones y las Direcciones de Programa Académico deberán considerar este criterio, en el ámbito de sus funciones, al intervenir en los procesos de incorporación del estudiante a la universidad y al programa, así como de revalidación o convalidación de asignaturas.

 

Cualquier caso especial o no previsto en la presente circular será resuelto conjuntamente entre la Dirección del Programa Académico al que se incorpora el estudiante y la Dirección de Servicios Escolares, considerando tanto el beneficio para el estudiante como las obligaciones y responsabilidades en las que incurre la institución.

 

 

Puebla, Pue., a 18 de junio de 2020

 

Mtro. Francisco José Maldonado Altieri

Director de Servicios Escolares